Norma sobre “Especificaciones técnicas que deben cumplir las bolsas y los productos plásticos de un solo uso” en la Ciudad de México.
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La Secretaría del Medio Ambiente (SEDEMA) de la Ciudad de México publicó el 25 de febrero en su Gaceta Oficial la Norma Ambiental para la Ciudad de México que establece las “Especificaciones técnicas que deben cumplir las bolsas y los productos plásticos de un solo uso”, y que entrará en vigor en los próximos 180 días.
La Norma Ambiental NACDMX-010-AMBT-2019 es de aplicación obligatoria para personas físicas y empresas que comercialicen, distribuyan o entreguen los siguientes productos en la Ciudad de México: bolsas de plástico compostables, bolsas reutilizables para el transporte de mercancías, bolsas para el manejo de residuos sanitarios e inorgánicos, y productos plásticos de un solo uso compostables.
En la norma se detallan los requisitos y especificaciones que deberán considerar los interesados en comercializar o distribuir dichos materiales, y se establecen criterios que deben considerarse en la elaboración de los planes de manejo para la gestión adecuada de los residuos que se generan por el uso de estos productos.
Certificación de las bolsas
Dentro de los aspectos más destacados de la norma se encuentra el procedimiento de certificación de bolsas y productos plásticos compostables; proceso que busca asegurar que estos productos cumplan con las pruebas aplicables para demostrar su compostabilidad.
Una vez que los interesados certifiquen que sus productos son compostables, deberán registrarse ante la Secretaría para ser autorizadas y poder utilizar el logotipo compostable CDMX. Con esta medida se busca evitar el uso indistinto de leyendas o logotipos en productos que aludan o manifiesten ser compostables, sin cumplir con lo establecido en la ley.
Bolsas compostables
Por otra parte, las bolsas compostables deberán ser diseñadas y utilizadas exclusivamente para el manejo de residuos orgánicos; al igual que los productos plásticos de un solo uso compostables deberán contener impreso o grabado el Logotipo Compostable Ciudad de México.
Bolsas reutilizables
Las bolsas reutilizables, elaboradas totalmente de plástico que están permitidas para el transporte de mercancías, deben contener un mínimo de 50 por ciento de material reciclado posconsumo y demostrar que son 100 por ciento reciclables.
Asimismo, deberán contener los símbolos de identificación del tipo de plástico con el que se encuentran elaboradas conforme a la Norma Mexicana NMX-E-232-CNCP-2014 Industria del Plástico-Símbolos de Identificación de Plásticos, con la finalidad de facilitar su selección, separación, acopio, recolección, reciclado y/o reaprovechamiento.
Bolsas de residuos inorgánicos
Las bolsas para residuos inorgánicos con potencial de reciclaje serán de color gris; mientras que las necesarias por higiene para el manejo de residuos sanitarios y para residuos inorgánicos de aprovechamiento limitado, serán color naranja.
Bolsas para el manejo de residuos sanitarios
Las bolsas compostables, reutilizables y las necesarias por higiene para el manejo de residuos sanitarios y para residuos inorgánicos, deberán cumplir con determinadas especificaciones de espesor (calibre) y ser sometidas a pruebas de resistencia para garantizar que cumplen con la función para las que son elaboradas.
Observancia de la Norma
También se especifica que la observancia de esta norma corresponde a las Secretarías del Medio Ambiente, y de Obras y Servicios, las Alcaldías, la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) y otras autoridades de acuerdo con sus atribuciones y ámbitos de competencia.
Cabe señalar que esta norma también prevé el trabajo coordinado entre autoridades para la difusión de actividades y campañas de educación ambiental permanente, mismas que estarán dirigidas a la población en general para proporcionar la información necesaria para la correcta aplicación y cumplimiento de la Norma.
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